Crédito foto: Sindicato Spence.
El Sindicato de Trabajadores de la Empresa Minera Spence interpuso una demanda conforme el inciso 4 del artículo 3° del del Código del Trabajo, el cual señala textual: “dos o más empresas serán consideradas como un solo empleador para efectos laborales y previsionales, cuando tengan una dirección laboral común, y concurran a su respecto condiciones tales como la similitud o necesaria complementariedad de los productos o servicios que elaboren o presten, o la existencia entre ellas de un controlador común”.
Desde el Sindicato Spence, explicaron que “la acción legal fue interpuesta en contra de MINERA SPENCE S.A., COMPAÑÍA MINERA CERRO COLORADO, MINERA ESCONDIDA LIMITADA, y los Centros de Operación Remota BHP CHILE INC. Y OPERATION SERVICES CHILE SPA, las cuales son razones sociales que tienen como controlador común a la empresa transnacional BHP, de origen anglo australiano.
Todas registran actividades económicas similares y/o complementarias (extracción y procesamiento de cobre, explotación de otras minas o canteras, actividades de apoyo para la explotación de otras minas y canteras) y convergen en una dirección laboral común, entre otros elementos que a nuestro entender configuran la figura del denominado “multirut”.
De acuerdo a lo explicado por la dirigencia del Sindicato Spence, “la demanda se sustenta en los siguientes hechos: la existencia de un controlador común, la similitud y complementariedad de los productos o servicios que elaboran las empresas demandadas, la vinculación operativa de las demandadas y la vinculación entre las demandadas y la dirección laboral común”.